Epígrafe 456.1. Peletería natural.
Cuota de 93,499453 euros por cada kw.
Notas comunes al grupo 456: 1ª. Este grupo comprende la confección de prendas de vestir, sombreros, estolas y otros accesorios del vestido, alfombras, mantas y otros artículos a base de pieles finas corrientes y de sucedáneos o imitación de piel (peletería ficticia), así como la transformación especializada de restos de pieles. 2ª. Cuando los sujetos pasivos que realicen las actividades comprendidas en este grupo, exclusivamente para terceros y por encargo, con un n mero de obreros inferior a 10, la cuota será el 25 por 100 de la que corresponda; si el numero de obreros fuese superior a 9 e inferior a 25, la cuota será el 50 por 100 de la que corresponda.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Confeccionar en serie de prendas de vestir fabricadas con piezas de piel de cordero, cabra, cerdo, vacuno, ante, napa, nobuck, double face.
- Fabricar prendas de vestir de cuero y napa.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
1391. Fabricación de tejidos de punto.1424. Confección de prendas de vestir de cuero y peletería.Correspondencia CNAE-2009
1391. Fabricación de tejidos de punto.1420. Fabricación de artículos de peletería.Anexos
Grupo 456. Industria de la peletería.Jurisprudencia y Doctrina
- Consulta nº 439. IAE.Actividades ejercidas con carácter temporal.Siguiente: Epígrafe 456.2 Peletería artificial. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.
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