Epígrafe 471.1 Pasta papelera. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 471.1. Pasta papelera.

Cuota de 1,496520 euros por cada kw.

    Nota:  Este grupo comprende la fabricación de pasta para papel y cartón por cualquier procedimiento (mecánico, químico y semiquímico) y a partir de cualquier material (madera, trapos, papeles viejos, paja, etc.). Comprende además los productos de pasta previo secado que resulten de la propia máquina de fabricación, sin ningún tipo de manipulación posterior.

En caso de manipulación o transformación en proceso posterior deberá tributar por el epígrafe 473.2.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



1711. Fabricación de pasta papelera.

Anexos


Grupo 471. Fabricación de pasta papelera.

Siguiente: Epígrafe 471.2 Subproductos y productos residuales de la fabricación de pasta papelera. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

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