Epígrafe 659.6 Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado ... Actividades Empresariales. IAE.

Actividades Empresariales

Grupo 659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia.

    
Cuota mínima municipal de: 
En poblaciones de más de 500.000 habitantes:217,72 Euros
En poblaciones de más de 100.000 hasta 500.000 habitantes: 174,17 Euros
En poblaciones de más de 40.000 hasta 100.000 habitantes:133,12 Euros
En poblaciones de más de 10.000 hasta 40.000 habitantes:99,53 Euros
En las poblaciones restantes:68,43 Euros
    Nota: Este epígrafe comprende la venta al por menor de artículos para parques infantiles, tales como toboganes, columpios, etc.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Vender bicicletas, mini motos, patinetes eléctricos cuya una velocidad máxima no supera los 6Km/h.
  2. Vender disfraces y artículos de fiesta.
  3. Comercio menor de equipos, máquinas o aparatos para la práctica del deporte y equipos de entrenamiento a pedales, ciclo-ergómetros.
  4. Vender material de modelismo, maquetas, medallas y trofeos deportivos, figuras de Belén.
  5. Vender pilas para juguetes no mecánicos.
  6. Comercio de fusiles de pesca submarina y de pistolas detonadoras.



    De acuerdo con la Consulta vinculante V0224-24 el pago de la cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales por el desarrollo de una misma actividad, pero, en cambio, sí debería pagar la cuota del ámbito territorial que correspondiese (nacional, provincial o municipal) si realizase otra actividad distinta por la que tuviese que estar dada de al alta en un epígrafe del IAE distinto.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Notas comunes a la división 6ª:

    1ª. Cuando en los locales en que se ejerzan actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, se realicen obras mayores para las que se requiera la obtención de la correspondiente licencia urbanística, y tengan una duración superior a tres meses, siempre que por razón de las mismas permanezcan cerrados los locales, la cuota correspondiente se reducirá en proporción al número de días en que permanezca cerrado el local.

    La reducción a que se refiere el párrafo anterior deberá  ser solicitada por el sujeto pasivo al ayuntamiento respectivo y, en su caso, una vez concedida, aquél deberá  solicitar la correspondiente devolución de ingresos indebidos por el importe de la misma ante la entidad que ejerza la función recaudatoria en el municipio de que se trate.

    2ª. Cuando se realicen obras en las vías públicas que tengan una duración superior a tres meses y afecten a los locales en los que se realicen actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, los sujetos pasivos podrán solicitar al ayuntamiento correspondiente una reducción de hasta el 80 por ciento de la cuota, el cual concederá en su caso, atendiendo al grado de afectación de los locales por dichas obras. Una vez concedida la reducción el sujeto pasivo podrá solicitar la devolución de ingresos indebidos por el importe de la misma a la entidad que ejerza la función recaudatoria en el municipio de que se trate.


Correspondencia CNAE-2009



4764. Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados.
4765. Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados.
4771. Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados.
4778. Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados.
4781. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos.
4789. Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos.

Anexos


Grupo 659. Otro comercio al por menor.

Comentarios



Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?

- Índices o módulos epígrafe 659.6 en Régimen de estimación objetiva de IRPF.

Jurisprudencia



Consulta vinculante V0319-24. Epígrafe para venta bolsos, ropa, zapatos, relojes y gafas.
Consulta vinculante V0224-24. Pagar cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales.
Consulta Vinculante V0643-22. Epígrafe para venta de patinetes eléctricos y piezas de recambio.
Consulta Vinculante V2405-20. Serigrafía, estampación y rotulación camiseta y local comercial.
Consulta Vinculante V0450-19. Asociación sin ánimo lucro promociona modalidad y actividad deportiva.
Consulta nº 625. IAE.Venta e instalación de materiales y artículos deportivos.
Consulta nº 823. IAE.Tributación de la actividad de franquicia.

Siguiente: Epígrafe 659.7 Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos