Artículo 15. Ley 27/1999, de 16 de Julio, General de Cooperativas

Normativa
Ley 27/1999, de 16 de julio, Ley de cooperativas

Artículo 15. Obligaciones y responsabilidad de los socios.




    1. Los socios están obligados a cumplir los deberes legales y estatutarios.
    2. En especial, los socios tendrán las siguientes obligaciones:

    a) Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales de la cooperativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 4 del artículo 17.

    b) Participar en las actividades cooperativizadas que desarrolla la cooperativa para el cumplimiento de su fin social, en la cuantía mínima obligatoria establecida en sus Estatutos. El Consejo Rector, cuando exista causa justificada, podrá liberar de dicha obligación al socio, en la cuantía que proceda y según las circunstancias que concurran.

    c) Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya divulgación pueda perjudicar a los intereses sociales lícitos.

    d) Aceptar los cargos para los que fueren elegidos, salvo justa causa de excusa.

    e) Cumplir con las obligaciones económicas que le correspondan.

    f) No realizar actividades competitivas con las actividades empresariales que desarrolle la cooperativa, salvo autorización expresa del Consejo Rector.

    3. La responsabilidad del socio por las deudas sociales estará limitada a las aportaciones al capital social que hubiera suscrito, estén o no desembolsadas en su totalidad.

    4. No obstante, el socio que cause baja en la cooperativa responderá personalmente por las deudas sociales, previa exclusión del haber social, durante cinco años desde la pérdida de su condición de socio, por las obligaciones contraídas por la cooperativa con anterioridad a su baja, hasta el importe reembolsado de sus aportaciones al capital social.

Equivalencia Normativa



Andalucía ................Artículo 20 Ley 14/2011
Aragón ...................Artículo 20 D.L. 2/2014
Asturias .................Artículo 28 Ley 4/2010
Islas Baleares ...........Artículo 35 Ley 5/2023
Cantabria ................Artículo 20 Ley 6/2013
Castilla La Mancha .......Artículo 33 Ley 11/2010
Castilla y León ..........Artículo 23 Ley 4/2002
Cataluña .................Artículo 41 Ley 12/2015
Comunidad Valenciana .....Artículo 27 D.L. 2/2015
Extremadura ..............Artículo 28 Ley 9/2018
Galicia ..................Artículo 24 Ley 5/1998
Comunidad de Madrid ......Artículo 21 Ley 2/2023
Murcia ...................Artículo 28 Ley 8/2006
Navarra ..................Artículo 27 Ley Foral 14/2006
País Vasco ...............Artículo 22 Ley 11/2019
La Rioja .................Artículo 26 Ley 4/2001
                          Artículo 27 Ley 4/2001

Asientos Contables



- Por las aportaciones al Capital Social Cooperativo.

Asientos Cuenta 100 Capital Social Cooperativo.
Asientos Cuenta 1181 Aportaciones de socios en cooperativas.

- Por la baja del socio.

Asiento Cuenta 1710 Deudas a l/p con los socios por baja.
Asiento Cuenta 5210 Deudas a c/p con los socios por baja.

- Por el reembolso de las aportaciones.

Asientos Cuenta 1145 Fondo de Reembolso o Actualización.
Asientos Cuenta 1710 Deudas a l/p por reembolso de aportaciones a los socios.
Asientos Cuenta 1712 Acreedores por Fondo de Reembolso o Actualización a l/p.
Asientos Cuenta 5210 Deudas a c/p por reembolso de aportaciones a los socios.
Asientos Cuenta 5212 Acreedores por Fondo de Reembolso o Actualización a c/p.

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