Epígrafe 655.3. Comercio al por menor de carburantes para el surtido de vehículos y aceites y grasas lubricantes.
Cuota de 242,60 euros.
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Vender productos petrolíferos por una entidad que, compra los productos en diferentes estaciones de servicios, y se los vende a los clientes de la entidad.
- Suministrar gasolina por cooperativa de transportes exclusivamente a sus socios a través de un surtidor radicado en sus instalaciones.
- Suministrar gasolina a camiones de terceros en surtidor.
- Vender biocarburante potenciador sol-fuerza.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
4730. Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.Anexos
Grupo 655. Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.Comentarios
Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?Jurisprudencia y Doctrina
Consulta vinculante V0224-24. Pagar cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales.Consulta Vinculante V2510-22. Epígrafe para estación de servicio (gasolinera, lavado de coches, productos de automoción...)Consulta nº 631. IAE.Venta de combustibles a sus socios por una cooperativa.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.