Epígrafe 663.4. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente de artículos de droguería y cosméticos y de productos químicos en general
Cuota mínima municipal de: | |
En poblaciones de más de 500.000 habitantes: | 126,9 Euros |
En poblaciones de más de 100.000 hasta 500.000 habitantes: | 102,02 Euros |
En poblaciones de más de 40.000 hasta 100.000 habitantes: | 76,51 Euros |
En poblaciones de más de 10.000 hasta 40.000 habitantes: | 59,72 Euros |
En las poblaciones restantes: | 51,01 Euros |
Cuota provincial de: | 317,24 Euros |
Cuota nacional de: | 447,87 Euros |
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Vender repuestos de ambientadores.
- Comercio ambulante de velas y cirios.

Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
4711. Comercio al por menor no especializado predominantemente de productos alimenticios, bebidas y tabaco.4712. Otro comercio al por menor no especializado.4721. Comercio al por menor de frutas y verduras.4722. Comercio al por menor de carne y productos cárnicos.4723. Comercio al por menor de pescados y mariscos.4724. Comercio al por menor de pan, productos de panadería y confitería.4725. Comercio al por menor de bebidas.4726. Comercio al por menor de productos de tabaco.4727. Comercio al por menor de otros productos alimenticios.4740. Comercio al por menor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones.4751. Comercio al por menor de textiles.4752. Comercio al por menor de ferretería, materiales de construcción, pinturas y vidrio.4753. Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos.4754. Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos.4755. Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación, vajilla y otros artículos de uso doméstico.4761. Comercio al por menor de libros.4762. Comercio al por menor de periódicos y otras publicaciones periódicas y artículos de papelería.4763. Comercio al por menor de artículos deportivos.4764. Comercio al por menor de juegos y juguetes.4769. Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos n.c.o.p.4771. Comercio al por menor de prendas de vestir.4772. Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero.4774. Comercio al por menor de artículos médicos y ortopédicos.4775. Comercio al por menor de productos de cosmética e higiene.4776. Comercio al por menor de flores, plantas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para estos.4777. Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería.4778. Comercio al por menor de otros productos nuevos.4779. Comercio al por menor de artículos de segunda mano.Correspondencia CNAE-2009
4781. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos.4782. Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillo.4789. Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos.Anexos
Grupo 663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).Comentarios
Índices o módulos epígrafe 663.4 en Régimen de estimación objetiva de IRPF.Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?Jurisprudencia y Doctrina
Consulta vinculante V0224-24. Pagar cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales.Consulta nº 404. IAE.Comercio al por menor en ambulancia de velas y cirios.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.