Epígrafe 721.3. Transporte de viajeros por carretera.
Cuota provincial de: | |
Por cada vehículo con capacidad hasta 20 viajeros: | 54,740182 Euros |
Cuando excedan de 20 hasta 40 viajeros: | 82,176385 Euros |
Cuando excedan de 40 viajeros: | 113,02633 Euros |
Cuota nacional de: | |
Por cada vehículo con capacidad hasta 20 viajeros: | 115,23806 Euros |
Cuando excedan de 20 hasta 40 viajeros: | 170,87976 Euros |
Cuando excedan de 40 viajeros: | 237,31563 Euros |
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Reservar plazas y vender anticipadamente billetes, servicios combinados de enlaces, facturación y despacho de mercancías, servicios de reclamaciones, etc.
- Transporte de minusválidos en furgoneta adaptada.
- Transportra alumnos residentes en pueblos a centros escolares en la capital.
- Cooperativas de transporte de viajeros realizan el transporte de sus socios con autocares propios.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
4931. Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.4932. Transporte por taxi.4939. Otros tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.Anexos
Grupo 721. Transporte de viajeros.Comentarios
- Índices o módulos epígrafe 721.3 en Régimen Especial Simplificado de IVA.Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante V2040-20. Epígrafe por actividad de transporte de viajeros por carretera.Consulta Vinculante V0631-20. Epígrafe actividad transporte auto-taxi, contratado por aseguradoras.Consulta Vinculante V5282-16. % para tarifa, por vehículo cuya utilidad se comparte entre una UTE.Consulta nº 70. IAE.Exención organismos autónomos carácter comercial, industrial, financiero y análogo.Consulta nº 461. IAE.Transportes de viajeros.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.