Epígrafe 964.1 Servicios de radiodifusión.
Cuota mínima municipal de : | 124,41 Euros |
Cuota provincial de: | 622,05 Euros |
Cuota nacional de: | 4.665,36 Euros |
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Entrevistas, información, espectáculos, publicidad.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
6010. Actividades de radiodifusión.Anexos
Grupo 964. Servicios de radiodifusión, televisión y servicios de enlace y transmisión de señales de televisión.Jurisprudencia y Doctrina
- Consulta nº 8. IAE.Entidades Públicas de Radio y Televisión.Siguiente: Epígrafe 964.2 Servicios de televisión. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.