Epígrafe 659.5. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
Cuota mínima municipal de: | |
En poblaciones de más de 500.000 habitantes: | 497,64 Euros |
En poblaciones de más de 100.000 hasta 500.000 habitantes: | 404,33 Euros |
En poblaciones de más de 40.000 hasta 100.000 habitantes: | 311,02 Euros |
En poblaciones de más de 10.000 hasta 40.000 habitantes: | 217,2 Euros |
En las poblaciones restantes: | 124,41 Euros |
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- La venta de bisutería de este epígrafe podrá también realizarse dentro del epígrafe 651.4.
- Vender oro, antigüedades, joyas usadas, artículos de joyería en stand instalado en superficie del hipermercado.
- Comercio de objetos de uso religioso (cálices, copones, custodias, medallas, candelabros, etc. integrados en todo o en parte por metales preciosos o piedras preciosas).
- Vender relojes de mesa, sustitución de pilas, vender joyas antiguas y relojes de colección, y también medallas y trofeos deportivos.

Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
4777. Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados.Anexos
Grupo 659. Otro comercio al por menor.Comentarios
Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?Jurisprudencia y Doctrina
Consulta vinculante V0319-24. Epígrafe para venta bolsos, ropa, zapatos, relojes y gafas.Consulta vinculante V0224-24. Pagar cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales.Consulta nº 64. IAE. Comercio al por menor de artículos de porcelana fina, escritorio y encendedoresConsulta nº 106. IAE. Comercio de relojes, objetos de regalo, aparatos de radio y televisión.Consulta nº 219. IAE. Tributación de comercio al por menor de objetos de quincalla fina y ordinariaConsulta nº 350. IAE. Comercio al por menor de artículos de joyería, bisutería, relojería.Consulta nº 381. IAE. Concepto de bisutería en el enunciado del epígrafe 653.3.Consulta nº 385. IAE. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.Consulta nº 748. IAE. Comercio al por menor de joyas usadasConsulta nº 920. IAE. Comercio de artículos de menaje, ferretería, regalo, reclamo y relojería.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.