Epígrafe 721.2. Transporte por autotaxis
Cuota nacional de 86,665945 Euros por cada vehículo.
Nota: Este epígrafe comprende el transporte de viajeros en automóviles con taxímetro y otros automóviles de alquiler con conductor (taxis, gran turismo), coches de punto, etc.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Reservar plazas y vender anticipadamente billetes, servicios combinados de enlaces, facturación y despacho de mercancías, servicios de reclamaciones, etc.
- Alquiler de vehículos y automóviles con conductor, autotaxis, VTC.
- Transportar viajeros utilizando un vehículo de turismo.
- Trasladar personal médico para visitar a sus pacientes.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
4932. Transporte por taxi.Anexos
Grupo 721. Transporte de viajeros.Comentarios
- Índices o módulos epígrafe 721.2 en Régimen Especial Simplificado de IVA.- Índices o módulos epígrafe 721.2 en Régimen de estimación objetiva de IRPF.El transporte de viajeros con licencia VTC puede tributar por estimación objetiva (módulos).Jurisprudencia y Doctrina
Consulta vinculante V2719-23. Estimación objetiva y régimen simplificado en transporte de viajeros (licencia VTC).Resolución 09398/2021 TEAC. Régimen aplicable en IVA e IRPF en alquiler de vehículos con conductor y licencia VTC.Consulta Vinculante V3021-16. Clasificación en epígrafe por actividad de VTC.Consulta nº 354. IAE.Alquiler de vehículos con conductor para el transporte de viajeros.Siguiente: Epígrafe 721.3 Transporte de viajeros por carretera. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.
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