Artículo 79. Ley 27/1999, de 16 de Julio, General de Cooperativas

Normativa
Ley 27/1999, de 16 de julio, Ley de cooperativas

Artículo 79. Otras formas de colaboración económica.




    1. Las cooperativas de cualquier tipo y clase podrán constituir sociedades, agrupaciones, consorcios y uniones entre sí, o con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y formalizar convenios o acuerdos, para el mejor cumplimiento de su objeto social y para la defensa de sus intereses.

    2. Las cooperativas que concentren sus empresas por fusión o por constitución de otras cooperativas de segundo grado, así como mediante uniones temporales, disfrutarán de todos los beneficios otorgados en la legislación sobre agrupación y concentración de empresas.

    3. Las cooperativas podrán suscribir con otras acuerdos intercooperativos en orden al cumplimiento de sus objetos sociales. En virtud de los mismos, la cooperativa y sus socios podrán realizar operaciones de suministro, entregas de productos o servicios en la otra cooperativa firmante del acuerdo, teniendo tales hechos la misma consideración que las operaciones cooperativizadas con los propios socios.

    Los resultados de estas operaciones se imputarán en su totalidad al fondo de reserva obligatorio de la cooperativa.

Equivalencia Normativa



Andalucía ................Artículo 110 Ley 14/2011
Aragón ...................Artículo 91 D.L. 2/2014
Asturias .................Artículo 136 Ley 4/2010
Cantabria ................Artículo 133 Ley 6/2013
Castilla La Mancha .......Artículo 157 Ley 11/2010
Castilla y León ..........Artículo 127 Ley 4/2002
                          Artículo 128 Ley 4/2002
Cataluña .................Artículo 142 Ley 12/2015
Comunidad Valenciana .....Artículo 102 D.L. 2/2015
Extremadura ..............Artículo 136 Ley 9/2018
                          Artículo 137 Ley 9/2018
Galicia ..................Artículo 131 Ley 5/1998
Comunidad de Madrid ......Artículo 137 Ley 2/2023
Murcia ...................Artículo 135 Ley 8/2006
Navarra ..................Artículo 82 Ley Foral 14/2006
País Vasco ...............Artículo 154 Ley 11/2019
                          Artículo 155 Ley 11/2019
La Rioja .................Artículo 131 Ley 4/2001

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