OBJETO Y NORMAS GENERALES DE LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
Las Cooperativas de Trabajo Asociado agrupan a personas naturales, con capacidad legal y física para desarrollar la actividad cooperativizada de prestación de su trabajo, y tienen por objeto proporcionar a los socios puestos de su trabajo para producir en común bienes y servicios para terceros. En estas Cooperativas no puede haber personas jurídicas. Pueden ser socios de estas Cooperativas las personas a partir de 16 años, si bien entre 16 y 18 años necesitarán la autorización de sus representantes legal. La Cooperativa tiene la filosofía de cubrir las necesidades comunes de los socios, no obstante no todas las Cooperativas fijan retribuciones uniformes para todos los socios ni que se les retribuyan tanto si trabajan como si no. En algunos casos, se reparte el trabajo y sólo se retribuye en función de la categoría profesional y de las horas realmente trabajadas. Normalmente el Consejo Rector fijará unos coeficientes económicos de retribución. La perdida de la condición de socio implicara que la prestación de trabajo de ese socio cese, sin embargo podría continuar trabajando como un trabajador por cuenta ajena. Esta figura de trabajador está limitada según el artículo 80 de la Ley 27/1999, ya que el número de horas al año que realizan los trabajadores por cuenta ajeno nunca podrá ser superior al 30% de las horas al año realizadas por los socios trabajadores. Sin embargo, los Estatutos podrán fijar el procedimiento para que esos trabajadores por cuenta ajena accedan a ostentar la condición de socios.Legislación
Art. 80 Ley 27/1999 LGC. Objeto y normas generales de las cooperativas de trabajo asociado.Equivalencia Normativa
Andalucía ................Artículo 84 Ley 14/2011Aragón ...................Artículo 72 D.L. 2/2014Islas Baleares ...........Artículo 116 Ley 5/2023Castilla La Mancha .......Artículo 122 Ley 11/2010Castilla y León ..........Artículo 99 Ley 4/2002 Artículo 100 Ley 4/2002Cataluña .................Artículo 130 Ley 12/2015 Artículo 131 Ley 12/2015Comunidad Valenciana .....Artículo 89 D.L. 2/2015Extremadura ..............Artículo 146 Ley 9/2018Galicia ..................Artículo 104 Ley 5/1998Comunidad de Madrid ......Artículo 102 Ley 2/2023Murcia ...................Artículo 104 Ley 8/2006Navarra ..................Artículo 67 Ley Foral 14/2006Euskadi ..................Artículo 103 Ley 11/2019La Rioja .................Artículo 103 Ley 4/2001 Artículo 106 Ley 4/2001Canarias .................Artículo 103 Ley 4/2022Jur
Consulta vinculante V1757-23. Cooperativas de trabajo asociado con socios contratados por cuenta ajena.Siguiente: Régimen diciplinario de las cooperativas de trabajo asociado.
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