REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2015, de 23 de Octubre, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE EMPLEO.
FICHA NORMATIVA | |
Fecha de Publicación: | 24/10/2015 |
Entrada en vigor: | 13/11/2015 |
Normas complementarias: | Ley 56/2003, de Empleo. |
Última modificación: | Ley 4/2023, de 28/02/2023 |
Estado: | DEROGADA, excepto los artículos 15 a 18. |
TÍTULO PRELIMINAR: De la política de empleo.
Artículo 1. Definición.Artículo 2. Objetivos.Artículo 3. Planificación y ejecución de la política de empleo.Artículo 4. La dimensión local de la política de empleo.Artículo 5. Instrumentos de la política de empleo.TÍTULO I: El Sistema Nacional de Empleo.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
Artículo 6. Concepto.Artículo 7. Fines.Artículo 8. Órganos.Artículo 9. Instrumentos de coordinación del Sistema Nacional de Empleo.Artículo 10. Estrategia Española de Activación para el Empleo.Artículo 11. Planes Anuales de Política de Empleo.Artículo 12. El Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.Artículo 13. Principios de organización y funcionamiento.Artículo 14. Funciones.CAPÍTULO II. El Servicio Público de Empleo Estatal.
Artículo 15. Concepto.Artículo 16. Naturaleza y régimen jurídico.Artículo 17. Organización.Artículo 18. Competencias.CAPÍTULO III. Los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas.
Artículo 19. Concepto y competencias.Artículo 20. Organización.CAPÍTULO IV. Financiación.
Artículo 21. Régimen presupuestario de fondos de empleo de ámbito nacional.Artículo 22. Políticas activas de empleo cofinanciadas por los fondos de la Unión Europea.Artículo 23. Órganos de seguimiento y control de los fondos de empleo de ámbito nacional.Artículo 24. Fondo de políticas de empleo.Artículo 25. Financiación autonómica de las políticas activas de empleo.TÍTULO II: Servicios del Sistema Nacional de Empleo prestados por los servicios públicos de empleo.
CAPÍTULO I. Usuarios de los servicios.
Artículo 26. Personas y empresas usuarias de los servicios.Artículo 27. Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.CAPÍTULO II. Acceso de las personas desempleadas a los servicios.
Artículo 28. Enfoque personalizado de los servicios.Artículo 29. Itinerario individual y personalizado de empleo.Artículo 30. Colectivos prioritarios.TÍTULO III: Instrumentos de la política de empleo.
CAPÍTULO I. La intermediación laboral.
Artículo 31. Concepto de la intermediación laboral.Artículo 32. Agentes de la intermediación.Artículo 33. Agencias de colocación.Artículo 34. Principios básicos de la intermediación laboral.Artículo 35. Discriminación en el acceso al empleo.CAPÍTULO II. Las políticas activas de empleo.
Artículo 36. Concepto de las políticas activas de empleo.Artículo 37. Principios generales de las políticas activas de empleo.Artículo 38. Desarrollo de las políticas activas de empleo.Artículo 39. Evaluación continuada de las políticas activas de empleo.Artículo 40. Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.CAPÍTULO III. La coordinación entre las políticas activas y la protección económica frente al desempleo.
Artículo 41. La inscripción como demandantes de empleo y suscripción del compromiso de actividad de los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo.Artículo 42. Cooperación y colaboración entre los servicios públicos de empleo que gestionan las políticas activas y el Servicio Público de Empleo Estatal en materia de protección económica frente al desempleo.DISPOSICIONES ADICIONALES.
Disposición adicional primeraDisposición adicional segundaDisposición adicional terceraDisposición adicional cuartaDisposición adicional quintaDisposición adicional sextaDisposición adicional séptimaDisposición adicional octavaDisposición adicional novenaDISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Disposición transitoria primeraDisposición transitoria segundaDisposición transitoria terceraDisposición transitoria cuartaDISPOSICIONES FINALES.
Disposición final primeraDisposición final segundaDisposición final terceraQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.