Obligación de auditoría externa para las cooperativas de viviendas.

OBLIGACIÓN DE AUDITORÍA EXTERNA PARA LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDAS



    Las cooperativas estarán obligadas, de acuerdo al artículo 62 de la Ley 27/1999, a auditar sus cuentas anuales y el informe de gestión en los supuestos previstos en la Ley de Auditoría de Cuentas, así como cuando lo establezcan los Estatutos o lo acuerde la Asamblea General. Sin embargo, en el caso en que la cooperativa no tuviera la obligación de auditar, esta nacerá cuando lo soliciten por escrito un mínimo del 5% de los socios.

    La auditoría de las cuentas anuales cooperativas será obligatoria cuando se cumplan, durante dos años, dos de las siguientes condiciones:

    - Activo superior a 2.800.000 euros.

    - Poseer una cifra de negocios superior a 5.700.000 euros.

    - Numero de empleados superior a 50.

    Sin embargo, la Ley 27/1999 obliga, en su artículo 91, a este tipo de cooperativas a someter sus cuentas anuales a auditoría en todos los ejercicios económicos en los que se produzca alguna de las siguientes situaciones:

    a.- Que el número de locales que la cooperativa tiene en promoción sea superior a 50.

    b.- Cuando los locales y viviendas en promoción, independientemente del número, correspondan a distintas fases o cuando se construyan en distintos bloques suponiendo promociones diferentes.

    c.- Que la cooperativa haya otorgado poderes correspondientes a la gestión empresarial a personas, físicas o jurídicas, ajenas al Consejo Rector.

    d.- Cuando lo prevean los Estatutos o lo acuerde la Asamblea General.

    No obstante, se deberá consultar lo recogido en la Ley de Cooperativas de cada Comunidad Autónoma sobre la materia.

Legislación



Art. 91 Ley 27/1999 LGC. Auditoría de cuentas en las Cooperativas de Viviendas.

Equivalencia Normativa



Andalucía ................Artículo 98 Ley 14/2011
Aragón ...................Artículo 85 D.L. 2/2014
Islas Baleares ...........Artículo 132 Ley 5/2023
Castilla La Mancha .......Artículo 140 Ley 11/2010
Castilla y León ..........Artículo 120 Ley 4/2002
Cataluña .................Artículo 127 Ley 12/2015
Comunidad Valenciana .....Artículo 91 D.L. 2/2015
Extremadura ..............Artículo 161 Ley 9/2018
Galicia ..................Artículo 123 Ley 5/1998
Comunidad de Madrid ......Artículo 120 Ley 2/2023
Murcia ...................Artículo 114 Ley 8/2006
Navarra ..................Artículo 68 Ley Foral 14/2006
Euskadi ...............Artículo 121 Ley 11/2019
La Rioja .................Artículo 122 Ley 4/2001
Canarias .................Artículo 115 Ley 4/2022


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